Diferentes organismos y entidades del País Vasco subvencionan a las empresas o personas jurídicas ubicadas en la C.A.V. la realización de proyectos relacionados con la implantación de las nuevas tecnologías. Por este motivo, eSOFT pone a su disposición este espacio con el fin de que esté al corriente de las ayudas existentes y sepa, así, a cuáles puede acogerse.
Además de mantenerle informado, para su comodidad, en eSOFT le ayudamos a gestionar todo el proceso de solicitud de estas ayudas.
Lea las condiciones y requisitos de las subvenciones que a continuación le presentamos y aproveche esta ocasión para introducir su empresa en las nuevas Tecnologías de la Comunicación.
Hobeki Digitala
[+ info] Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial y que, además, cumplan los siguientes requisitos:
1. Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
2. Que cumplan las condiciones de PYME establecidas en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE, L 124 de 20 de mayo de 2003) o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.
3. Que reunan los requisitos para obtener la condición de beneficiario de ayudas públicas de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
4. Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
Todos estos requisitos deberán cumplirse en los momentos de presentar la Solicitud de Ayuda y la Solicitud de Liquidación. El punto 2 que deberá acreditarse únicamente en el momento de presentación de la Solicitud de Ayuda.
5. Quedan excluidas de la condición de potenciales beneficiarias:
Artículo 4.- Hecho Subvencionable ![]()
1. Tendrán la consideración de actividades subvencionables:
1.1 Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las empresas, realizados por entidades o empresas especializadas. Para la elaboración del Plan, la empresa especializada deberá seguir la metodología facilitada por SPRI, S.A. o en su caso acreditar disponer de una metodología propia, aceptada expresamente por SPRI, S.A., para la Implantación de las TICS en las empresas. En el caso de utilizar una metodología propia, ésta deberá estar orientada a PYMEs, garantizando el enfoque de negocio en la adopción de las TICs de una forma participativa mediante el trabajo conjunto del consultor y el empresario. Mediante su aplicación, se obtendrá un documento que incluya al menos los siguientes apartados:
1.2. La ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que tiendan a digitalizar todos o parte de los procesos de negocio de la empresa y que estén relacionados con las siguientes actuaciones:
Los proyectos que hagan referencia a desarrollos webs (Webs de comercio electrónico, Extranet, etc.), al objeto de ser considerados subvencionables, deberán ser accesibles a nivel "AA" de acuerdo a las recomendaciones del Grupo de trabajo WAI del W3C.
2. No tendrán la consideración de actividades subvencionables la actualización o mantenimiento de aquellos proyectos que hayan sido presentados con anterioridad en SPRI, S.A. y hayan recibido ayuda de este o cualquier otro programa de SPRI, S.A.
Tampoco se admitirán como hechos o actividades subvencionables aquellos productos o servicios descritos en el presente artículo que formen parte del propio catálogo de productos/servicios de la empresa beneficiaria.
Artículo 5.- Gastos Subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los trabajos de Consultoría descritos en el artículo 4 y que cumplan los siguientes requisitos:
Para el caso de proyectos que contemplen la implantación de aplicaciones de gestión en formato ASP, también podrán ser considerados como gastos subvencionables los gastos de adquisición de software y/o licencias imputables a este tipo de aplicaciones y que cumplan las condiciones descritas en este artículo y que estén incluidos en la tipología de proyectos descrita en el punto 1.2 del artículo 4 Así mismo quedan excluidos los gastos de conectividad.
Para el caso de proyectos catalogados por la Comisión Ejecutiva del Programa HOBEKI DIGITALA como excelentes (esto es, aquellos en los que se de alguna de las siguientes situaciones: 1. Se trate de proyectos que supongan una clara innovación dentro del sector al que pertenece la empresa, 2. Se trate de proyectos en los que la implantación de las TICs suponga un cambio cualitativo y que incremente significativamente la competitividad de la empresa o 3. Se trate de proyectos tecnológicamente avanzados), también podrán ser considerados como gastos subvencionables los gastos e inversiones de "Hardware y Software imputables al Proyecto".
Artículo 6.- Plazo de ejecución de los proyectos. ![]()
La ejecución de los Proyectos subvencionables deberá realizarse en el plazo máximo de 12 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
DISPOSICIONES FINALES.
Información recogida de la página web de Spri.
©2009 Etxesoft Technologies & Consulting S.L | Información Legal | Diseño y desarrollo web: eSOFT | Accesibilidad
Ibaizabal Auzunea 3A behea 48200 Durango (Bizkaia/Vizcaya, Euskadi/País Vasco)
